Artículo realizado por: Rafael Rodríguez de la Cruz. Director del Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL)
Introducción
El 20 de junio de 2002 se publicó en el BOE la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, con el objetivo de proceder a la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas.
Con este fin se orientarán las acciones formativas desarrolladas en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, en coordinación con las políticas activas de empleo.
En dicha Ley se define el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP) como «el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de formación profesional».
Para cumplir los fines expuestos en la referida Ley Orgánica, el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional está formado por un conjunto de instrumentos y acciones, destacando entre ellos el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP), así como la evaluación y acreditación de las competencias profesionales.
El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
(CNCP)
Es el instrumento del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional que ordena las cualificaciones profesionales identificadas en el sistema productivo en función de las competencias apropiadas para el ejercicio profesional.
Está constituido por las cualificaciones profesionales más significativas, identificadas en el sistema productivo, ordenadas por familias profesionales y niveles de formación (26 familias profesionales y cinco niveles, aunque solamente se han desarrollado tres).
Los cinco niveles se establecen atendiendo a la competencia profesional requerida para las distintas actividades productivas, con arreglo a criterios de:
- Complejidad: contexto y relaciones de trabajo (coordinación/dirección de otros profesionales de igual a menor nivel).
- Conocimientos científicos y técnicos requeridos para desempeñar una actividad laboral.
- Responsabilidad y autonomía de la actividad a desarrollar.
- Capacidad de aplicación de conocimientos y destrezas al contexto laboral específico, solucionando disrupciones o contingencias y proponiendo y/o introduciendo mejoras.
Las cualificaciones profesionales
Se denomina cualificación profesional al conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo, que puede ser adquirida mediante formación modular u otros tipos de formación, así como a través de la experiencia laboral.
Se dice que una persona está cualificada cuando en el desarrollo de su trabajo obtiene unos resultados que están al nivel de calidad demandado por el sistema productivo. Por tanto, la competencia profesional de una persona refleja el conjunto de conocimientos y capacidades que le permiten el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo.
Las cualificaciones se ordenan en partes más pequeñas o conjuntos de competencias que responden a funciones específicas o a procesos de trabajos especializados. Son las Unidades de Competencia (UC): agregado mínimo de competencias profesionales susceptibles de reconocimiento y acreditación parcial.
A su vez cada unidad de competencia lleva asociado un módulo formativo, en donde se describe la formación necesaria para adquirir esa unidad de competencia. El módulo formativo se compone de un bloque coherente de formación asociado a cada una de las unidades de competencia que conforman la cualificación.
Estado actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
En estos momentos está ya finalizada la primera edición del Catálogo, conforme al compromiso adquirido por el Gobierno.
Dicho Catálogo se compone de 667 cualificaciones profesionales, de las que 647 están aprobadas por el Consejo de Ministros y publicadas en el BOE, y solamente 20 quedan pendientes de aprobación final. (Seguramente cuando se publique este artículo estén ya publicadas).
PDF: Familias del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
Acreditación de las cualificaciones profesionales
Las cualificaciones profesionales por sí mismas no tienen repercusión directa en la ciudadanía porque las cualificaciones profesionales no se estudian ni se aprenden en los centros de formación.
Las cualificaciones se acreditan a través de tres vías diferentes:
- a) Los títulos de formación profesional del sistema educativo
- b) Los certificados de profesionalidad de la administración laboral
- c) La evaluación y acreditación de las competencias profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
Programa Acredita
El reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (Programa Acredita)
Como se han indicado al comienzo del artículo, el procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales es otro de los instrumentos del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.
Necesidad de acreditar la experiencia laboral
Hoy ya está generalizada la creencia de que la educación y la formación no sólo se adquieren en los colegios, institutos y universidades, sino también en todos y cada uno de los ámbitos de la vida (la universidad de la vida).
La necesidad de reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales, adquiridas por experiencia laboral o por vías no formales, se hace más evidente en determinados grupos humanos (trabajadores activos que no poseen una acreditación de su cualificación, jóvenes que abandonaron la educación obligatoria, inmigrantes, etc.).
En España el 50.6 % de la población con edades comprendidas entre los 25 y los 64 años carece de una acreditación oficial de sus competencias profesionales. Esta situación conduce a nuestros compatriotas a una situación de desventaja con respecto a los ciudadanos de otros países de la UE.
Por otra parte, nuestro país debe corregir el desequilibrio existente en cuanto a los niveles de cualificación de sus trabajadores. Diversos estudios europeos indican que en el año 2020 Europa tendrá previsiblemente 235 millones de puestos de trabajo, cuyas necesidades de cualificación corresponderían:
- en un 50 % a niveles medios;
- en un 35 % a niveles altos; y solamente
- un 15 % correspondería a niveles bajos.
Por tanto, para 2020 el 85% de nuestra población debería estar en posesión de, al menos, una titulación posobligatoria (Bachillerato o Formación Profesional).
Procedimiento de evaluación y acreditación
En qué consiste
Es el conjunto de actuaciones dirigidas a evaluar y reconocer las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales e informales de formación.
Cuál es el referente
El referente son las unidades de competencia del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, que están presentes en los títulos de FP y en los certificados de profesionalidad.
Principios rectores del procedimiento
El procedimiento de evaluación y acreditación se rige por los siguientes principios:
- Respeto de los derechos individuales.
- Fiabilidad: criterios, métodos e instrumentos comparables en todos los participantes.
- Validez: los métodos de evaluación deben medir adecuadamente la competencia profesional de los aspirantes.
- Objetividad.
- Calidad, rigor técnico y validez.
- Participación de los interlocutores sociales.
Requisitos para participar en el procedimiento
- Nacionalidad española, residente comunitario o autorización de residencia.
- 18 años cumplidos para las unidades de competencia de nivel I y 20 años para las de nivel II y III.
- Experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias a acreditar. Experiencia laboral: 3 años con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en los últimos diez años. Para las UC de nivel I, 2 años y un mínimo de 1.200 horas. Formación: 300 horas en los últimos diez años. Para las UC de nivel I 200 horas.
Fases del procedimiento
El procedimiento consta de las siguientes fases:
ASESORAMIENTO
Es obligatorio y tiene carácter individualizado o colectivo. Puede ser presencial o a través de medios telemáticos.
El informe emitido por el asesor no es vinculante para el candidato.
EVALUACIÓN
Tiene por objeto comprobar que el candidato demuestra la competencia especificada en las unidades de competencia de las cualificaciones.
Se lleva a cabo analizando el informe del asesor y toda la documentación aportada por los candidatos y, en su caso, recabando nuevas evidencias.
El resultado de la evaluación se expresa en términos de «competencia demostrada» o «competencia no demostrada».
ACREDITACIÓN Y REGISTRO
A los aspirantes que superen el proceso de evaluación se les expedirá una acreditación de cada unidad de competencia en la que haya demostrado competencia profesional.
Para la obtención de un título de FP, las Administraciones educativas convalidarán las unidades de competencia acreditadas por módulos de FP. Igualmente, las Administraciones laborales harán lo mismo con los certificados de profesionalidad.
Consecuencias del proceso de acreditación: qué supondrá estar acreditado
El Consejo Europeo de Lisboa (2000) invitó a los Estados miembros a definir estrategias y medidas para desarrollar el aprendizaje permanente para todas y todos los ciudadanos.
En este sentido, en la actualidad nos encontramos en las empresas con profesionales, así como trabajadoras y trabajadores autónomos, que realizan su trabajo a la perfección, pero que no tienen ningún documento oficial que acredite sus competencias profesionales.
Por el procedimiento de acreditación de la experiencia laboral o de vías no formales, las trabajadoras y los trabajadores «acreditarán» las unidades de competencia del catálogo, que están presente como módulos (asignaturas) en los títulos de FP y en los certificados de profesionalidad. Las unidades de competencia acreditadas serán convalidadas por los módulos de los títulos y los certificados, y así podrán obtener alguna certificación oficial.
Con ello las trabajadoras y los trabajadores empleados mejorarán sus oportunidades laborales y de movilidad, y les incentivará a completar su formación.
Por su parte, los desempleados por este procedimiento podrán recualificarse y de este modo lograr una mayor y mejor empleabilidad.
Estado actual del proceso de acreditación de la experiencia laboral (Programa Acredita)
Como anunciaron los ministros de Educación y Trabajo e Inmigración en su comparecencia del mes de abril de 2011, la primera convocatoria del Programa Acredita beneficia a unas 60.000 personas en el conjunto del territorio español.
De las plazas convocadas, el 75% están relacionadas con los sectores vinculados a dependencia, educación infantil, hostelería y turismo, así como reparación y mantenimiento de vehículos. En definitiva, sectores que hoy están generando empleo.
El resto de las plazas convocadas hasta completar el 100% serán las comunidades autónomas las que decidirán los sectores, en función de sus necesidades territoriales.
En la actualidad casi todas las 17 comunidades autónomas tienen en marcha convocatorias del Programa Acredita, para el que el Gobierno de España ha destinado un presupuesto de 59 millones de euros.